Sí, se deben informar este tipo de inversiones, con prescindencia de las posteriores transferencias de los títulos públicos que las componen.
Respecto a inversiones en títulos públicos, cuando los referidos títulos se transfieren con anterioridad al plazo aludido precedentemente, la Caja de Valores S.A. debe comunicar dicha circunstancia a la AFIP. La referida comunicación la efectúa dentro de los primeros 10 días del mes siguiente al de producida dicha circunstancia, mediante transferencia electrónica de datos vía Internet, utilizando la Clave Fiscal conforme al procedimiento dispuesto por las RG 1345/02 y 3713/15 y sus respectivas modificatorias y complementarias.
Por su parte, el contribuyente debe -hasta el vencimiento del citado plazo según los alcances dados por la RG 3022/11- informarlo en el aplicativo Régimen Aplicación Fondos Exteriorizados, en el período en que se haya efectuado la adquisición de los títulos mencionada en el párrafo precedente.